Desde 60€*
CERTIFICADOS DIGITALES
Certificado Cualificado
Representante AA.PP
Ahorra tiempo, realiza trámites oficiales online con las Administraciones Públicas, sin desplazamientos
¿Qué es el certificado de representante ante las administraciones públicas?
Es un certificado que permite a una persona física realizar trámites online ante las Administraciones Públicas en nombre y representación de una organización: presentación y liquidación de impuestos, solicitud de subvenciones, expedientes administrativos, presentación a concursos públicos, etc.
¿Quién puede solicitarlo?
Está dirigido a representantes legales y apoderados con facultades suficientes para representar a una organización ante las Administraciones Públicas en trámites online. El titular del certificado es el responsable de utilizarlo conforme a sus poderes.
Varios formatos disponibles para tu certificado:
Las claves del certificado se generan en una tarjeta física y solo se puede utilizar si se usa un lector de tarjetas o token USB que descifre las claves.
- Genera firma cualificada
- Necesita un dispositivo externo para ser usado
- La tarjeta tiene un coste adicional
El certificado se descarga desde la cuenta de usuario de Camerfirma, se instala en un dispositivo y queda listo para su uso.
- Genera firma avanzada
- Admite copias de seguridad e instalación en varios ordenadores
- Se puede hacer una copia en una tarjeta física
Varios tipos disponibles para este certificado
Entidad CON personalidad jurídica
desde 60 *
Entidad SIN personalidad jurídica
desde 60 *
VENTAJAS
Las figuras del certificado
Solicitante / Titular = Representante
Es la persona física identificada en el certificado, donde aparece su nombre, apellidos, documento de identidad y su poder de representación de la entidad.
Entidad
Es la organización o entidad a la que representa el titular, sus datos también aparecen en el certificado.
FAQ
¿Qué trámites se pueden realizar con el Certificado de Representante ante Administraciones Públicas?
Con este certificado se puede presentar y consultar declaraciones, pagar impuestos y consultar expedientes. Estos son algunos de los más destacados:
- Presentar y consultar el Impuesto de Sociedades y trámites derivados.
- Presentar y consultar Impuesto sobre Actividades Económicas (modelos 840 y 848).
- Realizar declaraciones informativas y Declaración Resumen Anual del IVA.
- Tramitar pagos de los rendimientos de actividades económicas en el IRPF (modelos 130 y 131).
- Realizar trámites relacionados con las obligaciones como retenedor (retenciones a cuenta del Impuesto de Sociedades y del IRPF).
- Solicitar certificados tributarios. Por ejemplo, certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias.
- Acceder a ‘Mis expedientes’ donde se puede consultar todos los expedientes
(desde el 2010) y realizar nuevos trámites y consultas. - Realizar trámites entre Administraciones Públicas: solicitar informes Dirección General de Tributos, asignación de NIF, gestión recaudatoria por cuenta de otros entes, alta y baja de empleados públicos, etc.
Estas son las gestiones más frecuentes:
- Obtener el certificado de estar al corriente de las obligaciones de la Seguridad
Social. - Realizar inscripción y asignación de Código de Cuenta de Cotización para
empresario. - Solicitud de certificado de prestaciones (como representante).
- Realizar modificación sobre la información del teléfono y correo electrónico del empresario.
- Solicitar reinicio de la actividad empresarial y activación de la CCC.
- Solicitar aplazamiento en el pago a las deudas de la Seguridad Social.
- Consultar las deudas o liquidaciones pendientes de pago con la Seguridad Social.
- Solicitar el reintegro de bonificaciones por formación profesional para el empleo.
- Presentación de impugnaciones ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Solicitar autorización para el uso del sistema RED.
El titular puede realizar un gran número de gestiones. Estas son las más destacadas:
- Solicitar el arbitraje de CNMC.
- Denunciar conductas prohibidas.
- Informar de conflictos en el mercado de las telecomunicaciones.
- Acceder a ‘mis gestiones’, donde se puede consular los justificantes y estados de las solicitudes.
- Gestionar las notificaciones digitales por comparecencia con la CNMC.
¿Qué documentación es necesario aportar?
La documentación a aportar varía según el tipo de organización que sea la Entidad del certificado, selecciona la tuya e infórmate.
Acreditar la identidad del Solicitante/Titular
- Ciudadanos españoles: DNI o pasaporte en vigor.
- Ciudadanos extranjeros: NIE y documento de identidad del país de origen o pasaporte en vigor.
Acreditar la existencia de la Entidad y el poder del Solicitante/Titular
- Opción 1: mediante las Escrituras públicas de constitución de la entidad y poderes del solicitante/titular.
- Opción 2: mediante Certificaciones registrales de existencia de Entidad y poderes de representación expedida durante los quince
(15) días hábiles anteriores a la fecha de presentación de la documentación. - Opción 3: (válida solo si el Solicitante/Titular es Representante legal): mediante Nota simple informativa obtenida de forma
presencial o telemática expedida durante los quince (15) días hábiles anteriores a la fecha de presentación de la documentación.”
Aquellos documentos que no estén en un idioma oficial de España deberán aportarse junto con una traducción jurada en castellano y con Apostilla de La Haya.
Acreditar la identidad del Solicitante/Titular
- Ciudadanos españoles: DNI o pasaporte en vigor.
- Ciudadanos extranjeros: NIE y documento de identidad del país de origen o pasaporte en vigor.
Acreditar la existencia de la Entidad y el poder del Solicitante/Titular
- Opción 1: mediante las Escrituras públicas de constitución de la Entidad y de poderes del Solicitante/Titular.
- Opción 2: mediante Certificaciones registrales de existencia de Entidad y poderes de representación expedida durante los quince (15) días hábiles anteriores a la fecha de presentación de la documentación
- Opción 3 (válido solo si el autorizante es Representante legal): mediante Nota simple informativa obtenida de forma presencial o telemática expedida durante los quince (15) días hábiles anteriores a la fecha de presentación de la documentación
Aquellos documentos que no estén en un idioma oficial de España deberán aportarse junto con una traducción jurada en castellano y con Apostilla de La Haya.
1. Acreditar la identidad del Solicitante/Titular
- Ciudadanos españoles: DNI o pasaporte en vigor.
- Ciudadanos extranjeros: NIE y documento de identidad del país de origen o pasaporte en vigor.
2. Acreditar la existencia de la Entidad y el poder del Solicitante/Titular
- Opción 1: se deben entregar dos documentos.
- Documento 1: Escritura pública de constitución de la Entidad o cualquier otro documento que acredite la constitución, vigencia e identificación de los miembros.
- Documento 2: Escritura o acta del poder del Solicitante/Titular.
- Opción 2 (válida solo si el Solicitante/Titular es representante legal): mediante Nota simple informativa del Registro. Debe haber sido emitida como máximo 15 días laborables antes de la fecha de presentación de la documentación.
3. Acreditar la vigencia de la Entidad y el poder del Solicitante/Titular
Aportar manifestación responsable de vigencia. Te facilitamos un modelo de manifestación responsable para que lo puedas descargar y cumplimentar. Descargar aquí
Aquellos documentos que no estén en un idioma oficial de España deberán aportarse junto con una traducción jurada en castellano y con Apostilla de La Haya.
1. Acreditar la identidad del Solicitante/Titular
- Ciudadanos españoles: DM o pasaporte en vigor.
- Ciudadanos extranjeros: NIE y documento de identidad del país de origen o pasaporte en vigor.
2. Acreditar la existencia de la Entidad y el poder del Solicitante/Titular
- Opción 1: se deben entregar dos documentos.
- Documento 1: Escrituras públicas de constitución o referencia al Boletín Oficial donde se publica la creación de la Entidad.
- Documento 2: Escritura o acta del poder del Solicitante/Titular
- Opción 2: Certificación oficial emitida por cargos certificantes (Secretario General, órgano de administración, personal directivo o de cualquier otro superior jerárquico con cargo representativo) que acredite los poderes del Solicitante/Titular y la vigencia de los mismos. Debe haber sido emitida como máximo 15 días laborables antes de la fecha de presentación de la documentación.
Aquellos documentos que no estén en un idioma oficial de España deberán aportarse junto con una traducción jurada en castellano y con Apostilla de La Haya.
1. Acreditar la identidad del Solicitante/Titular
Ciudadanos españoles: DNI o pasaporte en vigor.
Ciudadanos extranjeros: NIE y documento de identidad del país de origen o pasaporte en vigor.
2. Acreditar la existencia de la Entidad y el poder del Solicitante/Titular
- Opción 1: mediante los documentos válidos en derecho, traducidos y con Apostilla de la Haya emitida durante los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación de la documentación
- Escritura / Documento de creación de la Entidad en su estado de origen o por el que la Entidad extranjera establece la sucursal en España
- Escritura / Documento de nombramiento del representante legal o del Poder del apoderado,
- Opción 2: mediante Certificaciones registrales de existencia de Entidad y Poderes de representación: si son emitidas por un Registro no español, aportar traducción y Apostilla de la Haya emitida durante los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación de la documentación
- Opción 3 (válida solo en caso de establecimiento segundario con representación permanente en España): mediante Nota simple informativa obtenida de forma presencial o telemática expedida durante los quince (15) días hábiles anteriores a la fecha de presentación de la documentación.
Aquellos documentos que no estén en un idioma oficial de España deberán aportarse junto con una traducción jurada en castellano y con Apostilla de La Haya, emitida como máximo 3 meses antes de la validación del certificado.
Pasos para obtener el certificado
PACK CERTIFICADO + HARDWARE